jueves, 15 de febrero de 2018

Cláusula suelo. Ausencia de información precontractual.

Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 24 Enero 2018


Al tiempo de firmar el contrato, el notario se cercioró de que en ese momento se informaba a la consumidora de la existencia de un límite por debajo de la variabilidad del interés, cumpliéndose las exigencias de transparencia en el momento de la celebración del contrato. Sin embargo, la consumidora no tenía margen de maniobra para negociar otro tipo de financiación con otra entidad sin frustrar la compra concertada para ese día, por lo que no se ha acreditado el cumplimiento de la información precontractual, poniéndose así en duda la transparencia de la cláusula. Se estima el recurso de casación.

Fuente: VLEX


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