martes, 4 de octubre de 2016

STS 21-7-2016 (Social)

Validez o ilicitud de la grabación con cámaras de la actuación irregular de la trabajadora. No hay contradicción. En el caso de la sentencia recurrida la empresa tenía fundadas sospechas del comportamiento desleal de la trabajadora e instala unas cámaras durante un corto periodo de tiempo con la finalidad de constatar los hechos. En la sentencia referencial las cámaras estaban instaladas de manera permanente en el supermercado y su finalidad era la de servir de medida preventiva para evitar hurtos de los clientes, sin que la empresa tuviere sospechas previas de la posible actuación irregular de la trabajadora.

 

TEXTO:  Sospechando la empresa la existencia de conductas irregulares contrató los servicios de un
detective, quien instaló cámaras que apuntaban al mostrador y a la oficina trasera. El detective comunicó
a la titular de la farmacia el primero de los hechos producidos al día siguiente de que ocurriera, con la
finalidad de revisar los listados de entregas efectuadas por el mayorista HEFAME. Los siguientes hechos
fueron comunicados en diversas fechas, para comprobar los referidos listados».

Sentencia completa: http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=7812987&links=&optimize=20160916&publicinterface=true

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